• Si el Titular es: persona Jurídica, debe otorgar el poder al Agente, y el poder, a su ocasión debe estar inscripto en la DINAPI (ver requisitos de registro de poder).
"Después de que llegara a conocimiento de https://elijahxzge153879.p2blogs.com/29113994/consideraciones-a-saber-sobre-registro-de-marcas-internacionales