3. Los informes que deban emitir los Delegados de Prevención a tenor de lo dispuesto en la giro c) del apartado 1 de este artículo deberán elaborarse en un plazo de quince días, o en el tiempo imprescindible cuando se trate de adoptar medidas dirigidas a alertar riesgos inminentes. Puedes https://yoursocialpeople.com/story4664457/se-desconoce-datos-sobre-gesti%C3%B3n-de-riesgos